SANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha emitido una sentencia declarando inadmisible la acción de amparo electoral presentada por Luis José Ramfis Rafael Domínguez Trujillo contra la Junta Central Electoral (JCE).
La decisión se basa en la existencia de otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos supuestamente vulnerados.
Los jueces, encabezados por el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del tribunal, explicaron que la alternativa para la reclamación de derechos es la impugnación contra resoluciones de admisión o rechazo de propuestas de candidaturas, según el artículo 151 de la Ley número 20-23, Orgánica de Régimen Electoral.
La sentencia, identificada como TSE0182/2024 y relacionada con el expediente TSE-05-0006-2024, establece la inadmisibilidad de la acción de amparo y dispone que el proceso sea libre de costas.
Además, se ordena la notificación de la sentencia a las partes a través de la Secretaría General y su publicación en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral.
Este fallo destaca la importancia de seguir los procedimientos jurídicos establecidos para abordar reclamaciones electorales.