Electoral

¡Veda electoral! La JCE reitera medidas por elecciones

La Junta Central Electoral (JCE) informó este martes a la ciudadanía las siguientes disposiciones que establece la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral para la celebración de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales del 19 de mayo de 2024.

Carácter no laborable del día de elección

El domingo 19 de mayo de 2024 no será laborable en el territorio nacional, según lo establece la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral en su artículo 229; en ese sentido, cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los empleadores estarán obligados a disponer cuanto sea necesario para que todos los empleados hábiles para votar que tengan a su servicio y dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que por ese motivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que les correspondan.

Te puede interesar: Dos hermanas dominicanas pierden la vida durante la vuelta por México

Veda electoral

A partir de las doce de la noche del jueves 16 de mayo de 2024 estará prohibido realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares.

Prohibición del expendio de bebidas

Desde veinticuatro (24) horas antes de la elección, es decir, desde las 7:00 a. m. del sábado 18 de mayo de 2024, no podrá expenderse ni distribuirse a ningún título bebidas alcohólicas, hasta doce horas después de terminada la votación, es decir, hasta las 5:00 a. m. del lunes 20 de mayo de 2024.

Se exceptúan de las disposiciones de este artículo, aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, así como también en otras localidades del país.

Compartir