Cámara de Diputados ratifica resolución que aprueba Convenio sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales

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Santo Domingo.- La Cámara de Diputados ratificó la resolución que aprueba el Convenio sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales y Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial.

La pieza legislativa, que ya fue aprobada por el Senado de la República, tiene por objeto crear exclusivamente para la materia civil y comercial los medios necesarios para que los documentos judiciales y extrajudiciales que deben ser objeto de notificación o traslado en el extranjero sean conocidos por sus destinatarios en tiempo oportuno.

Asimismo, los diputados en la sesión de este martes ratificaron la resolución aprobatoria del acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de Costa Rica, sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico, suscrito en Puerto Plata, República Dominicana, el 10 de diciembre del año 2021.

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Esta iniciativa, que fue ratificada por el Senado de la República, tiene el objetivo autorizar que los dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y oficinas consulares de cada país suscribiente, puedan ejercer actividades remuneradas en el Estado receptor, de acuerdo con la legislación interna de cada país, una vez obtenida la autorización correspondiente.

También fue ratificada la resolución aprobatoria del Acuerdo para la Promoción y Protección de Inversiones entre el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (Fondo OPEP) y la República Dominicana, suscrito el 27 de mayo del año 2022.

El convenio, suscrito en mayo del 2022, tiene por objeto la promoción de inversiones y oportunidades de inversión con el fin de identificar áreas de colaboración potencial desde los países de alta renta que conforman el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional hacia el territorio dominicano, bajo un esquema de protección a fin al que se brinda a otras instituciones financieras multilaterales de desarrollo que operan en el país, con el establecimiento de un esquema de solución de las controversias que pudieran presentarse.

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