Senado de la República aprueba creación de la Dirección Nacional de Inteligencia

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SANTO DOMINGO, RD.- En dos sesiones consecutivas, el Senado de la República ha aprobado y convertido en ley el proyecto que establece la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Esta nueva entidad, cuyo propósito es salvaguardar los intereses nacionales y evaluar amenazas tanto internas como externas, se consolida como un órgano centralizado del Estado.

El senador Dionis Sánchez, presidente de la Comisión Especial encargada de estudiar el proyecto, presentó un informe favorable ante el Pleno del Senado. Sánchez solicitó que la iniciativa fuera incluida en el orden del día, declarada de urgencia y aprobada tal como la remitió la Cámara de Diputados.

La Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) se define en la iniciativa como “el conjunto de relaciones funcionales entre los organismos de inteligencia del Estado dominicano, bajo la coordinación de la Dirección Nacional de Inteligencia, con la finalidad de proveer información estratégica para la seguridad nacional”. Estará bajo la dependencia del presidente de la República, quien designará al director de esta entidad.

Entre las atribuciones de la DNI se encuentra la investigación de actividades que atenten contra los intereses nacionales, las instituciones del Estado, el estado de derecho y la seguridad nacional.

Asimismo, se destaca su función de recopilar y procesar información relevante para la seguridad nacional, así como evaluar amenazas internas y externas.

La ley concede a la DNI la capacidad de contrarrestar actividades a nivel nacional que representen riesgos, amenazas, agresiones o subversiones para la seguridad nacional. Además, establece la cooperación con el Ministerio Público, con apoyo tecnológico y técnico en asuntos relacionados con el crimen organizado y la corrupción administrativa.

En el marco de la ley, todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas estarán obligadas a proporcionar a la DNI la información requerida, previa autorización del juez o tribunal competente, según lo establece el artículo 11 del proyecto.

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